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domingo, 1 de enero de 2012

CONTEXTO GENERAL DEL PECP


 CONTEXTO GENERAL DEL PECP (programa de estudios en centros penitenciarios)
La entrada de la educación superior en las prisiones en España se justificó legalmente con el mandato que la Constitución democrática promovió al garantizar el acceso a este derecho -sin distinguir la situación penal en la que se encontraran- a todos los españoles que cumplieran los requisitos académicos exigidos. Sin embargo, la aplicación de esta disposición en las prisiones hay que examinarla igualmente
atendiendo a otros aspectos que transforman lo que, en sentido general, supone la educación formal fuera de este ámbito.

La "reinserción" y la "ocupación valorada del tiempo" son dos de los aspectos que con más claridad orientan los objetivos de los sistemas educativos en la prisión. A través de ellos, la institución y la pena legitiman asimismo su función social (Foucault 1976). El control de la vida cotidiana del preso o la evaluación de su situación penal también son observados a través de su capacidad de participación o superación de las pruebas realizadas por el sistema educativo.

Esta transformación de la educación en medio o herramienta de recuperación social del preso tiene claras implicaciones en el PECP. La imagen de las instituciones facilitadoras de la acción (prisión y universidad), de los mediadores que participan (tutores,
profesores y responsables de formación de las prisiones) y de los propios alumnos emerge positivamente reforzada a través de la participación en el PECP. La prisión legitima socialmente su función, la universidad ejerce una tarea de apoyo social muy
valorada y extraña a las propuestas que habitualmente se le solicitan, los mediadores  más cerca de la nueva imagen de voluntariado social o de la acción moral ante la desigualdad que de la tarea profesional-se justifican emocionalmente con los resultados positivos y, para los alumnos, la participación se convierte en algunos casos en la tabla de salvación para salir de la situación en la que se encuentran.

Si ésta es una situación que se alimenta básicamente de la práctica y la orientación ideológica de los creadores y participantes en el sistema, formalmente, el PECP se regula a través del convenio firmado entre el Organismo Autónomo de Trabajo y Prestaciones Penitenciarias, la UNED y otras instituciones del Estado. En él, se definen los principios básicos de la acción y se concretan las funciones de cada una de las
instituciones.
En síntesis, la UNED se ocupa de todas las cuestiones académicas del PECP e Instituciones Penitenciarias establece la forma en que se ha de llevar a cabo el PECP dentro de las prisiones. A la hora de valorar las posiciones que ocupa cada institución en la intervención, no podemos olvidar nunca las características del espacio en el que se realiza el trabajo. La realidad de la prisión impone un contexto de seguridad, control de la comunicación y estrictas normas de funcionamiento interno sobre cualquier
 consideración académica. Quien tiene la responsabilidad de la vigilancia es quien impone siempre las normas de la intervención. Es decir, como en otros contextos, la actuación se ha de adaptar al espacio y no al contrario.

Específicamente, la acción de la UNED se concreta con el cumplimiento de las siguientes responsabilidades ofreciendo:
·         Sistema de orientación, información y matriculación.
·         Material didáctico básico de las carreras universitarias y del Curso de Acceso Directo.
·         Tutorías semanales en los centros penitenciarios prioritarios de algunas asignaturas del Curso de Acceso y de las que se determinen en las principales carreras.
·         Apoyo del centro asociado de la UNED más próximo para los alumnos en régimen abierto y en libertad condicional.
·         Programa radiofónico general.
El compromiso de la UNED se extiende a toda su oferta educativa aunque siempre se deja claro en el convenio que las limitaciones respecto a la movilidad de los alumnos para realizar prácticas, las condiciones de distribución de materiales, exámenes, etc., dependen directamente de los responsables de Instituciones Penitenciarias-.
Cuando cumplen con los requisitos académicos, la financiación de la participación del alumnado en el PECP es completa. No obstante, también hay alumnos que, cuando no superan estos requisitos, se financian ellos mismos sus estudios.
Por otro lado, al establecer el mismo nivel de exigencia en la realización y superación de las pruebas de este alumnado respecto al general de la UNED, se les garantiza un trato igualitario (eliminando el rastro de la discriminación positiva) e, indirectamente, equiparando realmente el título obtenido.
Ahora bien, aunque las condiciones académicas de facto son las mismas que para el resto de los alumnos, hay dos requisitos clave que condicionan su participación (cuando es de forma gratuita) en el PECP: la realización de la prueba de Preacceso, específica del espacio penitenciario, y la obligación de presentarse al menos a una convocatoria en cada curso. La primera, es un filtro para aquellos internos que intentan participar en el PECP orientados sólo por los posibles beneficios económicos o penitenciarios. Al
no conseguir superar la prueba quedan excluidos de la financiación o la beca (lo que en la práctica les expulsa del PECP). La segunda condición se convierte en un rechazo de los que creen que no están preparados para aprobar. Es decir, en el caso de que la prisión en la que se hallan internos no celebre  exámenes y tenga que trasladarse a otra para realizar el examen, el acto del traslado es tan penoso que supone el abandono de los indecisos.

Por lo que se refiere a su aplicación cotidiana, los centros penitenciarios, como sistemas sociales prácticamente autónomos, representan un papel central en el PECP. De ellos dependen todas las cuestiones que regulan las condiciones en las que los alumnos estudian. Como es lógico, bajo su responsabilidad exclusiva se halla el control de todas las formas de comunicación entre los alumnos y la UNED, la regulación de todo lo referente al uso del espacio del estudio, el tiempo y los medios de que
dispone el alumnado en cada prisión.
La relevancia de las características específicas y el grado de implicación del centro penitenciario en el PECP es tan importante que, sin duda, es el eje principal sobre el que gira la aplicación del PECP. En lo que se refiere a la orientación y dirección educativa interna propias, los centros penitenciarios regulan las condiciones más con la práctica y con relaciones informales entre alumnos y funcionarios que con los sistemas formalmente establecidos. De nuevo, la educación se convierte, en algunos casos, en moneda de cambio en la relaciones entre presos y funcionarios.
Para finalizar este apartado, compararemos los medios que ofrece el modelo de educación a distancia de la UNED a sus alumnos en general, respecto de la situación habitual en la que muchos alumnos del PECP se encuentran. Aunque académicamente son valorados de la misma forma que el resto, existen claras desventajas en cuanto al uso de los medios habituales de la UNED para los segundos. En realidad, el contexto de la prisión dificulta claramente el normal desarrollo del modelo UNED general.

En concreto, las diferencias se manifiestan en las siguientes cuestiones:

1) Excepto que el alumno se encuentre en un grado de semilibertad, o en centros especialmente diseñados para estudiantes, su situación no les permite acceder a la red de Centros Asociados y los medios de los que estos disponen habitualmente. Exceptuando Soto del Real –único centro en el que existe un módulo específico de alumnos de la UNED-, la oferta de tutores o ayudas que ofrece la UNED en los centros asociados no son equiparables en cuanto a los medios de que disponen en las prisiones.
2) A diferencia del alumno general de la UNED, en la prisión, el alumno no tiene autonomía para decidir sobre la organización de su tiempo ni de su espacio de estudio.
3) Las condiciones de la prisión hacen que las comunicaciones que se establecen entre alumnos y profesores de la Sede Central (o tutores) sea prácticamente nula.
4) Las condiciones de seguridad impiden, en muchos centros, el uso de material electrónico o conexión a espacios de la UNED virtualizados para la enseñanza.
5) Aquellas asignaturas que exigen la realización de prácticas son prácticamente imposibles de cursar en la prisión.

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